Memorándum de las actividades llevadas a cabo por la Fundación Antonia Guerrero
Memorándum de las actividades llevadas a cabo por la Fundación Antonia
Guerrero
Deseamos clarificar a la opinión pública los siguientes extremos:
1) La Fundación Antonia Guerrero es una entidad privada, laica, sin ánimo de lucro, inscrita en el Registro de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, cuyos Estatutos han sido adoptados a la Ley 10/2005 de Fundaciones en Andalucía.
2) Por disposición de la testadora, el Patronato está constituido, en la actualidad, por:
- El Presidente, por su condición de Alcalde.
- La maestra más antigua de Estepona, al momento de su nombramiento y se mantendrá vigente hasta que cumpla la edad legal de jubilación, esté o no en activo, en este caso, el 26 de junio de 2026, según el art. 14.3 de los Estatutos, aportados como dto. nº 17 (expediente de la subasta).
- La mujer designada por la anterior. En este caso particular, su pertenencia al Patronato se remonta al año 2008, en condición de la maestra más antigua, y en la actualidad, como la mujer designada por la maestra más antigua.
La vigencia de los cargos del Patronato está acreditada mediante certificación emitida por la Jefa de Sección de Registro de Fundaciones de Andalucía (Junta de Andalucía) de 22 de mayo de 2025, aportado como dto. nº 18 (expediente de subasta).
3) No existe vínculo alguno entre la Fundación Antonia Guerrero y la Fundación Nadal.
4) Actuaciones llevadas a cabo por el Patronato de la Fundación en relación con el patrimonio fundacional:
- Gestión del arrendamiento en El Angel de 17 apartamentos, 2 trasteros y 14 garajes. En la actualidad, todos arrendados. El importe neto de la renta se está dedicando a la concesión de becas, de forma total o parcial, dependiendo el importe total de las mismas.
- Venta en noviembre de 2006, mediante pública subasta de suelo en los sectores SUP R.7.3 y 4 La Lobilla, junto a la Autovía. El importe neto de la venta se está dedicando a los fines fundacionales.
- Gestión a través de la Junta de Compensación del sector SURO R 1 Saladavieja, para la aprobación de los instrumentos de ordenación detallada, de urbanización y de reparcelación.
5) Inversión realizada por la Fundación en beneficio de los ciudadanos y ciudadanas de Estepona, con cargo a los ingresos recibidos:
Indemnización a los herederos de los colonos de las fincas propiedad de la Fundación.
Iluminación de la necrópolis dolménica de Corominas.
Amueblamiento de la segunda fase de las Residencia de ancianos Virgen del Carmen de Estepona.
Ambulancia que ha sido gestionada por el Ayuntamiento
Colección de dinosaurios, que se encuentran en el museo paleontológico de
Amueblamiento de la sala de actos del Centro Cultural don Manuel Sánchez Ariza
Transporte abierto a los estudiantes de Estepona, para trasladarse a la Universidad de Málaga.
Concesión anual de becas a estudiantes de Estepona, durante los últimos 20 años.
Ampliación de las becas a trabajadores y trabajadoras en búsqueda activa de empleo, para estudio de
Aportaciones anuales a Alzheimer y a Aprona.
6) Desde el año de su constitución en 1997, han sido seis Alcaldes, los que han desempeñado su papel como Presidentes, de diferentes partidos políticos, y a su vez, han sido muchas las maestras que han ocupado los cargos de patronas o vocales del Patronato.
7) La gestión y administración de la Fundación Antonia Guerrero ha sido impecable, desde su constitución en 1997 hasta el día de hoy, cumpliendo estrictamente con los fines fundacionales. Las cuentas anuales son auditadas y presentadas en el Protectorado (Junta de Andalucía).
8) La gestión del Patronato, a lo largo de los años, ha permitido aumentar considerablemente el valor de su Patrimonio y concretamente el valor de las parcelas situadas en el SURO R 1 Saladavieja.
9) Los motivos de la enajenación de las siete parcelas de uso residencial en el citado Sector SURO R 1 Saladavieja, en subasta notarial voluntaria, están expuestos en el anuncio publicado en nueve medios de comunicación:
Los Estatutos no contemplan la actividad empresarial de la Fundación, consistente en la urbanización y promoción de parcelas.
Inexistencia de infraestructura organizativa de la Fundación, para asumir la responsabilidad, a través de la Junta de Compensación, del desarrollo de la urbanización del sector.
Inexistencia de recursos económicos suficientes de la Fundación, para hacer frente a la ejecución de las obras de urbanización del sector R 1, en el porcentaje correspondiente a la Fundación (74,39 %).
Momento adecuado para la venta de las parcelas, una vez aprobados Plan Parcial de Ordenación, de Reparcelación y Proyecto de Urbanización, correspondientes al sector.
10) La enajenación de las parcelas está autorizada por el Protectorado (Junta de Andalucía), mediante resolución de 4 de abril de 2025, aportada como dto. nº 1 ( expediente de la subasta).
11) Como se indica en el anuncio la subasta, el precio que se obtenga de la venta de las parcelas será destinado al cumplimiento de los fines fundacionales, es decir, a futuros proyectos culturales y docentes por y para los ciudadanos y las ciudadanas de Estepona. Toda la información y la documentación de las parcelas del sector SURO R 1 Saladavieja, se encuentran en la página web de la Fundación, a la que se puede acceder, sin limitación alguna, por cualquier usuario.
12) )La enajenación de las parcelas se llevará a cabo, por decisión del Patronato, mediante subasta notarial voluntaria, con la finalidad de obtener la máxima transparencia, concurrencia y participación en la misma.
13) La Fundación no podrá destinar las parcelas a la construcción de viviendas de VPO, o en su caso, con precios asequibles, porque reconociendo la problemática social de la vivienda, no está incluida entre los fines fundacionales. Además, se debe tener en cuenta lo siguiente:
- La aprobación inicial del Plan Parcial de Ordenación del Sector fue el día 21 de noviembre de 2005, anterior al 20 de enero de 2007 y, en consecuencia, según la Ley 13/2005, no le será aplicable la exigencia del 30% del suelo residencial, que sería destinado a VPO.
- La aprobación definitiva del referido Plan Parcial de Ordenación, previos los informes jurídicos y técnicos, todos favorables, se llevó a cabo por el Pleno del Ayuntamiento de Estepona, el día 23 de mayo de 2.008, en consecuencia, mucho antes del nombramiento de José María García Urbano, como Alcalde, y por razón de su cargo, Presidente de la Fundación.
14) La Fundación seguirá manteniendo la propiedad de parcelas en el sector SURO R 1 Saladavieja, entre otras, especialmente, una parcela (L) con la edificabilidad de 25.000 m², para equipamiento cultural / docente, en la que se proyectó la construcción del equipamiento denominado “La Ciudad del Conocimiento”.
15) El Patronato manifiesta su disposición para clarificar cualquier duda que pudiera existir sobre el procedimiento de enajenación de las parcelas, mediante subasta notarial voluntaria.